viernes, 27 de diciembre de 2013

Preguntas Frecuentes sobre el Certificado Energético

¿Qué es la Certificación Energética de Edificios? Es el proceso normalizado según la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo mediante el cual se obtiene información sobre la demanda y el consumo energético de un inmueble.

¿Qué es el Certificado de Eficiencia Energética?
Es el documento resultante del proceso de certificación energética de un inmueble. Recoge información sobre elementos constructivos del inmueble y sus instalaciones obteniendo así valores sobre demanda y consumo energético de un inmueble. Con estos valores otorga al inmueble una calificación energética en función de las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía.

¿Qué es la etiqueta de eficiencia energética? Es el distintivo que recoge la calificación obtenida en el certificado energético. Señala el nivel de calificación de eficiencia energética obtenida por el edificio o unidad del edificio. Con un código de color clasifica los inmuebles según una escala energética que va desde la A (inmueble más eficiente) a la G (inmueble menos eficiente). Otorga una calificación (de la A a la G) según el consumo de energía, y otra según las emisiones de dióxido de carbono.

Entrada en vigor y obligatoriedad
En el RD 235/2013 se establece la obligación a partir del 1 de junio de 2013 de poner a disposición de los compradores o arrendatarios de los inmuebles el certificado de eficiencia energética del mismo.

¿Quién está obligado a obtenerlo? El propietario o promotor del inmueble, que se pongan en venta o alquiler y que no disponga ya de su certificado energético en vigor es el responsable de obtener el certificado de eficiencia energética.
Además desde 2007 ya es obligatorio el certificado energético para edificios de nueva construcción, así que aquellos cuya proyección y construcción haya sido realizada después de ese año ya deben contar con su calificación energética.

¿Cuándo se debe mostrar el certificado energético? Según el RD 235/2013 la etiqueta de eficiencia energética deber ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de un inmueble. En caso de venta, el vendedor deberá entregar al comprador un original del certificado. En caso de alquiler, deberá adjuntar una fotocopia al contrato de arrendamiento.

¿Cuál es el objetivo de un certificado de eficiencia energética?
Se pretende concienciar a los futuros compradores e inquilinos y fomentar la demanda de inmuebles eficientes desde el punto de vista energético. La intención es que al informar sobre el comportamiento energético de un inmueble, es decir, su demanda energética y sus consumos en función a sus instalaciones, éstos asimilen que aquellos inmuebles con mejor calificación energética serán los que menos energía consumirán y por lo tanto sus facturas anuales serán menores.

¿Es obligatorio para todos los tipos de inmueble? No, El Real Decreto establece una serie de edificaciones que no necesitarán ser certificadas.

  • Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico.
  • Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
  • Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
  • Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.
  • Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.
  • Edificios que se compren para reformas importantes o demolición.
  • Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 por ciento de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.

¿Cuál es el periodo de validez del certificado? El periodo de validez del certificado obtenido y su correspondiente etiqueta energética será de diez años, siendo responsabilidad del propietario renovarlo. El propietario podrá proceder voluntariamente a su actualización, cuando considere que existen variaciones en aspectos del edificio que puedan modificar el certificado de eficiencia energética.

¿Cómo se renueva o actualiza el certificado? Será el órgano competente de cada Comunidad Autónoma en materia de certificación energética el que se encargue de establecer las condiciones especificas para proceder a su renovación o actualización.

¿Quién puede realizar el certificado? Será suscrito por los denominados “Técnicos Competentes”.
Según establece el RD 235/2013, son aquellos en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos, dirección de obras o dirección de ejecución de obras, según estable la Ley 38/99, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la edificación. (Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero o Ingeniero Técnico).

¿Cómo se realiza el certificado? El técnico competente visitará el inmueble donde tomará los datos y medidas de las estancias y superficies. Recopilará información acerca de datos registrales del inmueble y de materiales y sistemas constructivos e instalaciones del mismo. Por último elaborará el certificado reuniendo todos los datos y calculando la eficiencia energética mediante los procedimientos autorizados por el Ministerio de Industria.

¿Es obligatorio registrar el certificado energético?
Sí, el RD 235/2013 estable la obligación de registrar el certificado en el órgano competente de cada Comunidad Autónoma ya que establece la obligatoriedad a ésta de crear un registro de certificados energéticos. En nuestro blog puedes consultar dónde y cómo realizar el registro en cada comunidad.


¿Cómo se controlará el cumplimiento de esta normativa?
A través de:

  • Inspecciones: la Administración autonómica competente realizará la labor inspectora, para velar por su cumplimiento y detectar casos de falseamiento o fraude.
  • Sanciones: el vendedor/arrendador podrá ser multado por infracción a los Derechos de los Consumidores.
  • Reclamaciones: el comprador/inquilino podrá reclamar al vendedor/arrendador por no haber cumplido el deber de información al Consumidor.

Si el inmueble está actualmente arrendado, ¿es necesario realizar el certificado energético?
Si a la entrada en vigor del Real Decreto, 1 de junio de 2013 ya existía contrato de arrendamiento no es necesario obtener el certificado, así como tampoco en el caso de que el contrato de arrendamiento se renueve al mismo inquilino. Sí que será necesario la obtención del certificado en caso de realizar un nuevo contrato.

¿Es necesario que las comunidades de vecinos realicen un certificado conjunto del edificio?
El Real Decreto no obliga a las comunidades de vecinos a la realización de un certificado conjunto ya que no están frecuentados habitualmente por el público. Aunque si que es interesante desde el punto de vista económico la realización de un certificado conjunto ya que el precio de certificar el edificio entero será menos al de certificar vivienda por vivienda.

¿Se necesita obtener una calificación mínima del inmueble?
No, el Real Decreto sólo obliga a la obtención de la calificación energética. El técnico establecerá unas medidas de mejora que harán que la calificación obtenida mejore pero dependerá del criterio del cliente el realizarlas o no.

¿Qué elementos de la vivienda son clave para el ahorro?
Las medidas para el ahorro pueden dividirse en dos grupos:

  • Relativas a la envolvente y elementos constructivos, y entre ellas podemos encontrar mejoras en fachadas, cubiertas, y huecos, considerándose en estas últimas la sustitución de ventanas y vidrios.
  • Relativas a los sistemas. En la calificación energética los consumos energéticos considerados son los relativos a los equipos de climatización y producción de agua caliente sanitaria, y además en el caso de edificios terciarios, debido a su peso relativo en el consumo energético total, la iluminación.
Por tanto la sustitución de calderas por otras de alto rendimiento, condensación, etc., son medidas muy habituales con las que conseguiremos ahorros energéticos, la sustitución de equipos terminales (radiadores) también repercutirán positivamente. Y por último, los sistemas de control y gestión tanto de iluminación como de climatización.

¿Puedo arrendar o vender un inmueble y después realizare el certificado?
No. El certificado debe estar incluido en la información que el vendedor o arrendador debe facilitar al comprador o inquilino, por lo que este documento debe estar disponible antes de formalizar la operación.

Si necesitas más información, no dudes en ponerte en contacto con aergia, Certificados Energéticos

lunes, 9 de diciembre de 2013

Certificados Energéticos. Tarifas de registro en la Comunidad Valenciana 2014 ( Valencia, Alicante y Castellón)


Se acabó el registro gratuito en Valencia, Alicante y Castellón y en todos los municipio de la Comunidad Valenciana. Era de esperar el anuncio de la Generalitat avisando de que cobrarán por el registro de Certificados Energéticos, el AVEN dejará escapar la oportunidad de hacer negocio por cada inscripción.

La administración argumenta que necesita estos ingresos para cubir gastos de mantenimiento del soporte informático y de las inspecciones que se están realizando para controlar que los técnicos están haciendo correctamente los certificados.

Conocemos los precios orientativos aunque el proyecto ley se propondrá esta semana, la Generalitat a facilitado unos datos orientativos.


  1. Para una vivienda unifamiliar………………………10€
  2. Para edificios de viviendas en bloque……………20€+3€ por vivienda (con un máximo de 400€)
  3. Para edificios o locales de uso terciario…………50€+0,10€ por m2 (con un máximo de 1.500€)

Salta a la vista la diferencia de precios entre una vivienda unifamiliar y un local comercial, partimos de un precio asequible para una vivienda mientras que para un local el precio está por encima de los 60€ en muchos de los casos.

Todavía no sabemos como será la forma de pago, ni quién pagará pero no me sorprendería que las cosas no fueran sencillas.

Este aumento de gastos provocará un aumento de precios que se resumirá en un precio más alto para el propietario y un beneficio menor para la empresa o técnico, además de remover la guerra comercial existente entre técnicos certificadores.

Desde aergia apostamos por rebajarle el precio al propietario para que pueda asumir esta subida de precios y aunque la nueva tarifa para el registro no nos facilita las cosas, pensamos que mientras esta sea asequible no tiene porqué perjudicar el mercado de los Certificados Energéticos.

más información www.aergia.es

martes, 26 de noviembre de 2013

Cómic sobre el Certificado Energético


Poca gente o nadie busca un Notario barato para hacer una escritura, o busca el médico barato, ni el abogado más barato, en cambio que pasa con un Técnico Titulado y preparado? Os invitamos a que leas el artículo anteriormente publicado para que veas el porqué el Certificado Energético debe estar bien hecho.

Desde aergia Certificados Energéticos, empresa valenciana especialista en Certificados Energéticos y ahorro energético en el hogar, os recomendamos buscar una empresa dedicada al sector para realizar su Certificado de Eficiencia Energética, ya que los resultados serán visibles. Os invitamos a que visitéis nuestra web, que ya cuenta con más de 100 Certificados realizados, firmados y validados.

lunes, 25 de noviembre de 2013

Obtenga su Certificado Energético

aergia Certificados Energéticos

Somos una empresa situada en Valencia especialistas en materia de eficiencia y certificación energética de edificios. Ofrecemos Certificados de Eficiencia Energética de calidad con la máxima calificación posible, etiqueta energética y registro incluidos, trato personal y buen acabado. Todo incluido. Tenga su inmueble listo para alquilar o vender en 2 días, además podemos aconsejarte en otros temas relacionados con la energía y el hogar.
Visite nuestra web para más información.

Realizamos Certificados de Eficiencia Energética en los siguientes municipios de la Comunidad Valenciana. Pida Presupuesto sin compromiso.



ADEMUZ.ADOR.AGULLENT.
AHILLAS.AIELO DE MALFERIT.ALAQUAS.
ALBAIDA.ALBAL.ALBALAT DE LA RIBERA.
ALBALAT DELS SORELLS.ALBALAT DELS TARONGERS.ALBERIC.
ALBORACHE.ALBORAYA.ALBOY.
ALBUIXECH.ALCANTERA DE XUQUER.ALCASSER.
ALCOTAS.ALCUBLAS.ALDAIA.
ALFAFAR.ALFARA DE ALGIMIA.ALFARA DEL PRATIARCA.
ALFARP.ALFARRASI.ALFAUIR.
ALGAR DE PALANCIA.ALGEMESI.ALGIMIA DE ALFARA.
ALGINET.ALMASSERA.ALMISERA.
ALMOINES.ALMUSSAFES.ALPUENTE.
ALQUERIA DE LA COMTESSA - L´ALQUERIA.ALZIRA.ANDILLA.
ANNA.ANTELLA.ARAS DE LOS OLMOS.
ARROYO CEREZO.ARTAJ.ATZENETA D´ALBAIDA.
AYELO DE RUGAT.AYORA.BALDOVAR.
BARX.BARXETA.BELGIDA.
BELLREGUARD.BELLUS.BENAGEBER.
BENAGUASIL.BENAVITES.BENEIXIDA.
BENETUSSER.BENIARJO.BENIATJAR.
BENICOLET.BENICULL.BENIFAIO.
BENIFAIRO DE LA VALLDIGNA.BENIFAIRO DE LES VALLS.BENIFLA.
BENIGANIM.BENIMODO.BENIMUSLEM.
BENIPARRELL.BENIRREDRA.BENISANO.
BENISODA.BENISUERA.BETERA.
BICORP.BOCAIRENT.BOLBAITE.
BONREPOS I MITAMBELL.BUFALI.BUGARRA.
BUÑOL.BURJASSOT.CABEZO ROYO.
CALLES.CAMPO ARCIS.CAMPO DE ABAJO.
CAMPORROBLES.CAÑADA SECA.CANALS.
CANET D´EN BERENGUER.CARCAIXENT.CARCER.
CARDERON.CARLET.CARRICOLA.
CASAS ALTAS.CASAS BAJAS.CASAS DE CABALLERO.
CASAS DE CILANCO.CASAS DE CUADRA.CASAS DE ENMEDIO.
CASAS DE EUFEMIA.CASAS DE LA MANCHEGA.CASAS DE LA UNDE.
CASAS DE MADRONA.CASAS DE MEDINA.CASAS DE MOYA.
CASAS DE PRADA.CASAS DE SOTOS.CASAS DEL COLLADO DE SAN JUAN.
CASAS DEL REY.CASAS DEL RIO.CASERIO BENALI.
CASINOS.CASTELLO DE RUGAT.CASTELLONET DE LA CONQUESTA.
CASTIELFABIB.CATADAU.CATARROJA.
CAUDETE DE LAS FUENTES.CERDA.CHELLA.
CHELVA.CHERA.CHESTE.
CHIVA.CHULILLA.COFRENTES.
COGULLADA.CORBERA.CORCOLILLA.
CORTES DE PALLAS.COTES.CULLERA.
DAIMUS.DOMEÑO ANTIGUO.DOS AGUAS.
EL BROSQUIL.EL CHOPO.EL COLLADO.
EL DERRAMADOR.EL GARBI.EL GRAU.
EL HONTANAR.EL MORQUI.EL ORO.
EL PALMAR.EL PERELLO.EL PORT.
EL PORTON.EL REBOLLAR.EL SALER.
ELS CORRALS.ENGUERA.ESTACION DEL PIAQUART.
ESTENAS.ESTIVELLA.ESTUBENY.
FAURA.FAVARA.FERRIOL.
FOIOS.FONTANARS DELS ALFORINS.FORTALENY.
FUENTERROBLES.GANDIA.GATOVA.
GAVARDA.GENOVES.GESTALGAR.
GILET.GODELLA.GODELLETA.
GUADASEQUIES.GUADASSUAR.GUARDAMAR.
HIGUERUELAS.HORTUNAS.JALANCE.
JARAFUEL.JARAGUAS.JUAN VICH.
LA ALMEZA.LA CABEZUELA.LA CAÑADA.
LA CANTERA.LA CUEVARRUZ.LA DROVA.
LA FONT DE LA FIGUERA.LA FONT D´EN CARROS.LA GRANJA DE LA COSTERA.
LA HORQUERA.LA LLOSA DE RANES.LA MALLADA.
LA MALVA-ROSA.LA MUNTANYA.LA OLMEDILLA.
LA PERALEJA.LA POBLA DE FARNALS.LA POBLA DE VALLBONA.
LA POBLA DEL DUC.LA POBLA LLARGA.LA POBLETA.
LA PORTERA.LA TORRE.LA VEGA.
LA YESA.LAS CUEVAS.LAS MONJAS.
LAS NOGUERAS.LAS VIÑUELAS.LES PALMERES.
LLANERA DE RANES.LLAURI.LLIRIA.
LLOCNOU DE FENOLLET.LLOCNOU DE SANT JERONI.LLOMBAI.
LLUTXENT.LORIGUILLA.LOS ALCOCERES.
LOS COJOS.LOS CORRALES.LOS DUQUE.
LOS HERREROS.LOS ISIDROS.LOS MARCOS.
LOS OCHANDOS.LOS PEDRONES.LOS RUICES.
LOS SANTOS.LOS SARDINEROS.LOSA DEL OBISPO.
LOSILLA.LUGAR NUEVO DE LA CORONA.L´ALCUDIA.
L´ALCUDIA DE CRESPINS.L´ELIANA.L´ENOVA.
L´OLLERIA.MACASTRE.MANISES.
MANUEL.MARENY BLAU.MARENY DE BARRAQUETES.
MARENY DE VILXES.MARENY SANT LLORENÇ.MARINES.
MARINES VIEJO.MARISAN.MARXUQUERA.
MAS DE CALABARRA.MAS DE JACINTO.MAS DE OLMO.
MAS DEL CARRIL.MAS DEL JUTGE.MASSALAVES.
MASSALFASSAR.MASSAMAGRELL.MASSANASSA.
MELIANA.MILLARES.MIRAMAR.
MISLATA.MOGENTE - MOIXENT.MONCADA.
MONSERRAT.MONTAVERNER.MONTE PICAYO.
MONTESA.MONTICHELVO.MONTROY.
MUSEROS.NAQUERA.NAVALON.
NAVARRES.NAZARET.NEGRON.
NOVELE - NOVETLE.OLIVA.OLOCAU.
ONTINYENT.OSET.OTONEL.
OTOS.PAIPORTA.PALMA DE GANDIA.
PALOMAR.PARDANCHINOS.PATERNA.
PEDRALBA.PERELLONET.PETRES.
PICANYA.PICASSENT.PILES.
PINEDO.PINET.POLINYA DE XUQUER.
POTRIES.PUÇOL.PUEBLA DE SAN MIGUEL.
PUIG.QUART DE LES VALLS.QUART DE POBLET.
QUARTELL.QUATRETONDA.QUESA.
RAFELBUÑOL - RAFELBUNYOL.RAFELCOFER.RAFELGUARAF.
RAFOL DE SALEM.RAMBLA SECA.REAL DE GANDIA.
REAL DE MONTROI.REQUENA.RIBA-ROJA DE TURIA.
RIOLA.ROCAFORT.ROMA.
ROTGLA I CORBERA.ROTOVA.RUGAT.
SAGUNTO - SAGUNT.SALEM.SALTO DE MILLARES.
SAN ANTONIO DE BENAGEBER.SAN JUAN DE ENOVA.SANT ANTONIO.
SANT BENITO.SANT JUAN.SEDAVI.
SEGART.SELLENT.SEMPERE.
SENYERA.SERRA.SESGA.
SIETE AGUAS.SILLA.SIMAT DE LA VALLDIGNA.
SINARCAS.SOLLANA.SOT DE CHERA.
SUECA.SUMACARCER.TAVERNES BLANQUES.
TAVERNES DE LA VALLDIGNA.TERESA DE COFRENTES.TERRATEIG.
TEULADA.TITAGUAS.TORRE ALTA.
TORRE DE PORTA COELI.TORRE DEL CAP.TORRE TALLADA.
TORREBAJA.TORRELLA.TORRENT.
TORRES TORRES.TOUS.TUEJAR.
TURIS.UTIEL.VAL DE LA SABINA.
VALENCIA.VALLADA.VALLANCA.
VENACLOIG.VENTA DEL MORO.VENTA DEL POYO.
VENTA QUEMADA.VILAMARXANT.VILLALONGA.
VILLANUEVA.VILLANUEVA DE CASTELLON.VILLAR DE OLMOS.
VILLAR DE TEJAS.VILLAR DEL ARZOBISPO.VILLARGORDO DEL CABRIEL.
VINALESA.VIRGEN DEL CARMEN.XATIVA.
XERACO.XERESA.XIRIVELLA.
YATOVA.ZARRA.